En Chile, la subdivisión de predios rurales se certifica ante el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), conforme a la normativa aplicable.
Los antecedentes de propiedad e inscripciones se registran en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) respectivo de la comuna a la que pertenece el terreno.
En Chile rige el principio de igualdad jurídica consagrado en la Constitución Política de la República, por lo que el ordenamiento no discrimina entre chilenos y extranjeros para adquirir el dominio absoluto de bienes raíces.
Los extranjeros no requieren residencia en el país para adquirir una propiedad; deben obtener un Rol Único Tributario (RUT) ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y designar un representante con domicilio y residencia en Chile para efectos tributarios.
Puedes solicitar mediante el formulario de contacto el plano de subdivisión, topografía y documentación oficial disponible del terreno.